
Estamos locos, Lucas
El que haya seguido mi serie "La maldita minería", que hoy comienza su segunda época, recordará que yo tildaba de esquizofrénica la argumentación antiminera (buscar en el archivo de diciembre, enero y febrero si interesa).
Bueno, hoy puedo informarles que la locura avanza, que contagia y que está llegando a límites peligrosos para el futuro del país.
Se ha llegado ahora a un extraño agrupamiento de locos, incompetentes, malvados y estúpidos que ha dado lugar a un proyecto de ley, ingresado a Diputados por Expediente 5183-D-2010 el 15/07/2010, intitulado "MINERIA A CIELO ABIERTO Y UTILIZACION DE SUSTANCIAS TOXICAS. PROHIBICION".
Sus firmantes son, entre otros:
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL MOVIMIENTO PROYECTO SUR CIUDAD de BUENOS AIRES
LOZANO, CLAUDIO MOVIMIENTO PROYECTO SUR CIUDAD de BUENOS AIRES
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA MOVIMIENTO PROYECTO SUR CIUDAD de BUENOS AIRES
OBEID, JORGE ALBERTO PERONISMO FEDERAL SANTA FE
SOLA, FELIPE CARLOS PERONISMO FEDERAL BUENOS AIRES
STOLBIZER, MARGARITA ROSA GEN BUENOS AIRES
Por supuesto el padre de la criatura es Solanas. Pero lo preocupante no es él ni su troupe sino el hecho de que como puede verse los sectores reaccionarios verdaderamente peligrosos -El GEN de la Stolbizer, el extraño "reutemismo castrista" representado por Obeid y la "cosa nostra peronista", por el aventurero Solá- se han plegado a la locura como parte de su estrategia de seguirle el tren al loco obteniendo a cambio su apoyo parlamentario para la actividad desestabilizante que desarrollan.
Me preocupa sobre todo la Stolbizer, un personaje realmente siniestro a mi entender y que puede arrastrar a los radichetas y a nuestros Socialistas Binneristas, siempre listos para la pavada.
Pero vayamos a lo concreto ¿Que propone el referido proyecto? Pueden verlo en detalle entrando aquí (Cámara de Diputados), yendo a "Proyectos","Búsqueda general" e ingresando el número de expediente y seleccionando D.
a)En primer término, la prohibición de la minería a cielo abierto. No de la megaminería sino de toda minería "a cielo abierto o tajo abierto" (art 1). Esto ya de por sí es una locura que entorpecería o impediría el desarrollo minero del país en el futuro.Pero por si esto fuera poco el proyecto no exime de la prohibición a las explotaciones que se hallan actualmente en operación, con lo que una enorme masa de trabajo, equipos, instalaciones y puestos de trabajo serán destruídos de aprobarse esta ley.
Y no precisamente o exclusivamente explotaciones auríferas (en las que se ha centrado preferentemente la campaña antiminera) sino también de Cobre (Bajo La Lumbrera), Estaño y Plata (MIna Pirquitas) o Plomo y Zinc (Mina Aguilar en sus desarrollos a cielo abierto)
b)En segundo lugar ¡Prohibe la utilización de agua a la minería en general! "Prohíbase para la prospección, exploración o explotación minera la utilización de ríos, arroyos y cualquier vertiente o depósito natural de agua, superficial o subterráneo" (art 3). Esto significa ¡la condena a muerte de toda la minería, grande, mediana, pequeña, a cielo abierto o subterránea!
Trataremos de clarificarlo: No importa cual sea el mineral ( metalífero o incluso no metalífero en muchos casos), no importa cual sea el método de explotación (cielo abierto o subterráneo), no importa el tamaño de la explotación (mega, maxi, mini o microminería)es obligatorio procesarlo en el sitio para enriquecerlo en las especies de interés y/o eliminar las no deseadas, proceso llamado Concentración o Beneficio. Y esa concentración basicamente se lleva a cabo por alguna de estas tres vías:
(1) Gravimetría, utilizando la diferencia de densidad de las diferentes especies.
(2) Flotación por espuma, en la que se modifican quimicamente las superficies de manera que sean captadas y arrastradas selectivamente las deseadas por una espuma producida al efecto.
(3) Lixiviación, que consiste basicamente en disolver y captar selectivamente las especies de interés en soluciones de las que luego se las extrae.
Esta clasificación no es completa ni escolástica, pero es suficiente a fines expositivos.Abarca y explica suficientemente la abrumadora mayoría de los procesos de beneficio. Bueno; ninguno de los caminos descriptos es viable sin la utilización de agua, con lo que el proyecto directamente elimina la minería como ocupación económica argentina.
Para ser preciso, dejaría la actividad denominada "Pirquineo", que consiste en la selección manual de especies valiosas, una especie de "cartoneo" o "cirujeo" minero, llevado a cabo generalmente en escombreras de minas abandonadas por pobladores locales (posiblemente al camarada compañero Pino le guste eso, es como un microemprendimiento maoista camboyano de las masas revolucionarias campesinas, que se yo)
c)En tercer lugar prohibe una extensa lista de sustancias químicas utilizadas para las operaciones de beneficio. Por supuesto figura en primer término el cianuro, al cual no no referiremos pues ya lo hicimos en las anteriores "La maldita...". Fijaremos nuestra atención ahora en la prohibición del uso de "xantatos, alquil xantatos, alquil ditiofosfatos, xantoformiatos, detergentes, espumantes químicos y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional 24.051, y/o que posea algunas de las características enunciadas en el Anexo II de la ley Nacional 24.051 y normas concordantes".
Bueno: resulta que todos los "..atos" del listado son ni mas ni menos las sustancias usadas desde tiempo inmemorial que según lo dicho en el punto (2), "modifican quimicamente las superficies", y los "detergentes, espumantes químicos" son precisamente las que en ese punto originan "una espuma producida al efecto". Y esta flotación por espuma y estas sustancias se usan como dijimos en el beneficio de minerales no importa el sistema utilizado para su extracción.
Dicho en otras palabras y si no alcanzara con el punto (b), el proyecto decreta el cierre de minas como Aguilar (Plomo/Zinc/Plata), en Jujuy, explotada desde hace unos 70 años, Sierra grande (Hierro, 30 años) en Río Negro, Pirquitas (Estaño/Plata, 70 años) en Jujuy, y la muerte de toda la minería potencial de Uranio, Cobre, Potasio, Wolfram, Fluorita, Plomo, Zinc, Bismuto, etc, etc, y un larguiiiisimo etcetera. Pero también gracias a dios, del maldito Oro, eso sí.
Pero no se crea que los legisladores no previeron una flexible norma de adecuación:"deberán adecuar sus procesos a las previsiones enunciadas en la presente ley en el término de 3 meses" (art 5). En esos tres meses pueden descubrir e implementar tecnologías desconocidas que permitan prescindir del agua y los reactivos hoy utilizados para concentrar minerales.Es cuestión de que pongan "actitud", como se dice ahora cuando no saben definir a que miércoles se refieren.
Bueno, todo esto es muy, muy loco. Entenderán ahora a que me refería cuando los catalogué de "extraño agrupamiento de locos, incompetentes, malvados y estúpidos".
Probablemente piensen que no debí decir eso, que debí utilizar otros adjetivos;tienen razón, pero no puedo usar otros, estamos en horario de protección al menor.